jueves, 31 de diciembre de 2009

EL MATRIMONIO

El casamiento
Uniones de lecho
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El matrimonio fue y es uno de los temas más estudiados y de los menos comprendidos siendo una realidad diaria en todas las culturas existentes en el planeta y que, si bien no dieron origen de manera directa al modelo del Occidente cristiano, sí influyeron de manera positiva (¿qué hay que hacer?) o negativa (¿qué no hay que hacer?).
Antes el pueblo babilónico influyó al hitita y al asirio, coexistiendo éstos con la cultura hebraica que a su vez fue contemporánea del derecho romano, que influyó luego al germano y al español. Para hablar de la familia "tradicional", ¿hasta dónde hay que retroceder?

El matrimonio para algunos cristianos es uno de los siete sacramentos instituidos por Cristo y cuando eligió como signos sacramentales agua, pan, vino o aceite vegetal, no estaba tomando algo que no fuera tal cosa. Cuando instituyó el sacramento conyugal, tomó como signo el matrimonio natural que es verdadero matrimonio, como el pan es verdaderamente pan o el agua es agua. Cristo no inventó el agua, ni el vino ni el pacto conyugal.

El casamiento

El derecho canónico elaborado en el siglo XII define el matrimonio como un sacramento indisoluble cuya materia está constituida por el consentimiento mutuo de los esposos. Este "nuevo" matrimonio, que prescindía del consentimiento de los padres, era portador de desorden social. Las clases aristocráticas, las más influyentes sobre el poder eclesiástico y laico, presionaron entonces para obtener nuevas reglamentaciones que afirmaran la autoridad paterna, e hicieron del matrimonio, no tanto la unión de dos individuos, sino la alianza de dos parentelas y dos patrimonios.

La mayoría de edad requerida entonces para el matrimonio era de 30 años para los varones y de 25 para las mujeres. Hasta esa edad, los hijos debían solicitar el consentimiento de sus padres; más allá, sólo tenían que pedir su opinión.

Hasta el concilio de Trento, siglo XVI, el sacerdote sólo era un testigo del compromiso de los esposos; luego su presencia –sorprendentemente- es reglamentada como requisito de validez y no sólo de licitud que sería lo tolerable para los bautizados. Si no se casan por o en la Iglesia, ¿su matrimonio (natural) no es válido?

Para muchos pueblos no civilizados, y para la mayoría de los civilizados, el matrimonio es considerado un rito religioso o incluye rasgos religiosos, aunque el elemento religioso nadie suele considerarlo requisito de validez para dicha unión.

En el Occidente cristiano, el matrimonio civil aparece en Holanda en 1850, instituido para mantener controlados a los disidentes religiosos y no tanto como un medio para disminuir el poder civil de la Iglesia. Pero la secularización imparable nacida en la Edad Media para desclericalizar o deseclesiastizar (no deseclesializar) la sociedad, como el poder eclesiástico no lo permitía, fue regulado por corrientes positivistas que sostienen que las leyes civiles son sancionadas sólo por el Estado con carácter de coercibilidad, debiendo cumplirse tal y como la ley lo sanciona, principio que consagra el positivismo.

Uno de las primeras y más frecuentes costumbres antiguas acerca del matrimonio era la captura de una mujer por parte de su futuro marido, normalmente de otra tribu a la que él pertenecía. Luego de la captura, empezaba la convivencia que estaba generalmente desprovista de cualquier tipo de formalidad.


El matrimonio romano era un acto privado y ningún poder público tenía que sancionarlo y no existían contratos matrimoniales aunque a partir del s. II aC la familia clásica sufrió un cambio y se empezaron a limitar las prerrogativas del paterfamilia.

El matrimonio germánico se constituía por la cohabitación de la pareja unida y no por un acto formal, por lo que, más que un acto legal, era un acto social. El consentimiento (contrato, como en los romanos) vino a sustituir el valor del rapto o de la compra anteriormente practicado.
La palabra “casamiento” (en inglés wedding) proviene de los pueblos bárbaros en que la esposa era comprada por dinero, caballos, casas, etc., que sellaban el pacto. Wedd es el importe de la compra.

Durante la generación de Carlomagno (+814), instaurado en Europa el Reino cristiano soñado desde hacía al menos 3 siglos, es notorio el cambio que se produce. Los administradores carolingios deciden confeccionar registros de la población para mejorar los ingresos fiscales. La falta de secularidad de la sociedad europea cristiana impondrá esta visión durante los siglos posteriores en que perdura la Cristiandad convertida luego en Imperio cristiano de la mano alemana.

No se entiende bien que la Iglesia siga legislando como inválido el matrimonio civil de un hombre y una mujer, uno al menos bautizado, si reconoce que el matrimonio entre paganos, el matrimonio natural, es verdadero matrimonio. En el caso de los bautizados, lo lógico sería legislar su ilicitud cuando no se casan en o por la Iglesia. Será un pecado, incluso gordo, o muy gordo, gordísimo, por desprecio del sacramento, etc., pero nunca inválido.

Las uniones de lecho

La palabra matrimonio tiene, ha tenido y ha de seguir teniendo, un significado inequívoco: unión conyugal de un varón y una mujer, para constituir una familia con la prole (si la hay).

El hombre es social por naturaleza, como ya decían los clásicos, y por eso se unen, pues se necesitan unos de otros. Se necesitan varias familias y por eso se forman tribus o pueblos; los humanos necesitan unirse para lo laboral, para lo político, para lo lúdico. Esas uniones no conyugales son respetabilísimas pero tienen nombre propio: empresa, club, sociedad anónima o limitada, colegio profesional, etc. Hay países que, sin miedos ni vergüenzas, ya han resuelto cómo llamar a las parejas homosexuales que conviven bajo un mismo techo y en un mismo lecho. No hay ningún problema en esas uniones pero que hagan como para montar una fábrica, abrir un comercio, crear una multinacional, una compañía aérea, un club de golf, etc., busquen un nombre propio. Se ve mala voluntad el que quieran llamar matrimonio el compartir lecho.

Rafael Termes, conocido hombre del mundo empresarial y teólogo amateur, en El País (jueves 28 julio 2005, un mes antes de fallecer) respondía a un artículo de Juanjo Tamayo (domingo 19 junio) donde afirmaba no haber conflicto entre cristianismo y matrimonios homosexuales.

Termes lo niega rotundamente avalando su tesis con datos históricos de hace por lo menos 5.000 años. En todas las civilizaciones y culturas anteriores nunca jamás se les había ocurrido legalizarlos. Entre sumerios, babilónicos y “ahora” musulmanes, sí se legaliza la poligamia –un hombre y varias mujeres- o la poliandria –una mujer con varios hombres-, pero jamás se consideró matrimonio la unión de homosexuales. Sus relaciones se las ha considerado incapaces de ser reguladas como matrimonio en el ámbito del derecho.

Sólo durante un período en el Japón antiguo y en algunas pocas tribus primitivas fue aprobada la homosexualidad. En la antigua Grecia, durante la edad de oro de la filosofía, fue declarada contra la ley y se la castigaba severamente (ahí veo se pasaron). No parece verdad decir que en “El banquete” Platón la defienda y dé visos de serlo. Platón y Sócrates no fueron homosexuales y se oponían a ello con vehemencia. Ciertamente Platón fue una vez víctima de sodomía por un regente homosexual y condenó esa experiencia como lo más humillante y degradante de su vida. Escribió: “¿Quién en su sano juicio podría promulgar una ley que protegiera tal conducta?”.

Cuando en la época del deterioro de la civilización griega, algunos se decidieron a “salir del armario” y se dedicaron a practicar la homosexualidad sin esconderse, el gran legislador Hamurabi –que evidentemente no era cristiano- declaró con desprecio que era “una mancha de la que ningún hombre podía limpiarse”.

Según Tamayo, Dios no castigó a Sodoma y Gomorra por sus prácticas homosexuales, sino por la falta de hospitalidad para con los extranjeros, que Lot había acogido. Pero resulta que leyendo el texto, se ve que antes de acoger a los tres viajeros, Dios, como le dijo a Abraham, ya había decidido su destrucción por su homosexualidad, salvando a los justos que en ellas hubiese.

Que la práctica de la homosexualidad sea un pecado grave no justifica que el cristiano exija que toda legislación civil tenga que castigar lo inmoral. La tolerancia es una virtud propia de los prudentes. El Estado no tiene la misión de enseñar el camino del cielo, simplemente tiene el deber de velar por la justicia y por tanto regular las relaciones de es@s ciudadan@s en materia de herencia o en cuestiones laborales, de dos o más, junt@s, para hacerse la compra o la plancha, o para sacar adelante una empresa, una industria o un chiringuito.

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